El derecho de voto de los presos


Reino Unido da la espalda a Estrasburgo, ¿hacia un 'brexit' del Convenio Europeo de Derechos Humanos?

El derecho de voto de los prisioneros ha enfrentado al Reino Unido y al Tribunal Europeo de Derechos Humanos durante una década. Durante el último congreso del partido conservador, David Cameron anunció una reforma para que los jueces británicos puedan ignorar la jurisprudencia del Tribunal de Estrasburgo. ¿Un guiño a los votantes euroescépticos u otro puente roto entre las islas británicas y el continente?


 
La protección de los derechos fundamentales en Europa, el Convenio y el Tribunal Europeos de Derechos Humanos

El continente europeo ha presumido históricamente de ser el creador de los Derechos Humanos. Quizá por esta razón, estos derechos se encuentran protegidos a través de una serie de instrumentos nacionales e internacionales. En este espíritu se creó, el 5 de mayo de 1949, el Consejo de Europa, una organización pan-europea cuyos para la defensa y promoción de la democracia, los Derechos Humanos y el Estado de derecho.

Para alcanzar sus objetivos, el Consejo de Europa adoptó en 1950 el Convenio Europeo de Derechos Humanos (CEDH), una carta de derechos y libertades fundamentales inspirada en gran parte por la Declaración Universal de Derechos Humanos de la ONU. El CEDH constituye la primera declaración de derechos vinculante adoptada a nivel europeo y, para asegurar su cumplimiento por parte de los Estados miembros del Consejo de Europa, su adopción se acompañó de la creación del Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH), situado en la ciudad francesa de Estrasburgo.

[El peculiar funcionamiento del TEDH permite que los individuos apelen directamente y en nombre propio a esta instancia. De esta manera, el Convenio puede ser invocado frente a un Estado signatario por “toda persona dependiente de su jurisdicción”, sin limitarse a sus ciudadanos o residentes, siempre que haya agotado previamente todos los recursos judiciales nacionales. Los jueces del Tribunal Europeo de Derechos Humanos se pronuncian sobre la violación o no del CEDH y pueden condenar al Estado responsable a una indemnización o a modificar la ley nacional para adecuarla a su decisión, sin modificar o anular en ningún caso una decisión judicial nacional.]


Reino Unido y el TEDH, una historia de desconfianza y conflictos de autoridad

La tradicional desconfianza inglesa hacia las instituciones europeas no ha hecho una excepción con el Convenio y el Tribunal de Derechos Humanos. Reino Unido ratificó el CEDH en 1951 y, aunque desde entonces el país estaba obligado internacionalmente, el Convenio no constituyó Derecho interno del país hasta 1998. Antes de ese año, al igual que el resto de los países que han ratificado el CEDH, el Reino Unido puso en marcha un dispositivo judicial interno para que la jurisprudencia del Tribunal de Estrasburgo fuera aplicable. Sin embargo, en virtud de este dispositivo, los jueces y tribunales sólo podían basar sus decisiones en aspectos del Convenio que previamente el Parlamento inglés hubiera incorporado a una determinada ley nacional.

En 1998, tras años de resistencia a la entrada del CEDH en el ordenamiento jurídico inglés, se aprobó bajo el mandato del primer ministro Tony Blair el Human Righ Act, una norma que finalmente incorporaba el Convenio como Derecho propio del Reino Unido, aunque de forma condicionada. De hecho, el “Human Right Act” fue presentado como una manera de devolver los derechos recogidos en el CEDH al Reino Unido, evitando así que los ciudadanos ingleses tuvieran que acudir a instancias internacionales para su defensa. Se mantuvo además una posición excluyente, ya que no recoge la totalidad de los derechos listados en el Convenio y sólo obliga a interpretar las leyes inglesas de conformidad con el CEDH en la medida en que sea posible (“so far as it is posible”). Aún en caso de contradicción, los jueces sólo pueden emitir una “declaración de incompatibilidad” que no deroga la ley nacional.


El derecho de voto de los prisioneros en el origen del conflicto y sus inciertas consecuencias

La relación entre el Reino Unido y el TEDH, a pesar de todo, ha sido en general positiva, con una tasa de condena inferior a la media de los 47 Estados miembros del Convenio. Sin embargo, el derecho de voto de los detenidos constituye la raíz de un tenso enfrentamiento que dura ya una década. Prohibido por la ley británica, en 2005 el TEDH reconoció este derecho a un antiguo prisionero y, en virtud del derecho a elecciones libres consagrado en el protocolo adicional del Convenio, obligó al gobierno inglés a indemnizar al demandante con 23.000 euros. Los jueces de Estrasburgo pidieron además que Reino Unido se adaptara, en lo que concierne al derecho de voto de prisioneros, a la jurisprudencia en vigor en la mayor parte de los Estados miembros del Consejo de Europa, una petición difícil de digerir para el Parlamento inglés.

[La demanda no sólo ha sido ignorada durante estos años, sino que los conservadores han reavivado la polémica en varias ocasiones. En 2006, cuando se encontraba en la oposición, David Cameron prometió la aplicación de los valores específicos del Reino Unido, mientras que en 2011, ya como primer ministro, admitía en el Parlamento británico que la idea de permitir el voto a los prisioneros le pone enfermo.]

Las relaciones entre Londres y Estrasburgo parecen haberse tensado en los últimos tiempos, quizá como resultado de la delicada situación que Reino Unido atraviesa en Europa, marcada por un enfrentamiento abierto a cuenta del euro, amenazas de abandono y un pulso perdido contra Jean-Claude Juncker. En cualquier caso, durante la clausura del congreso del partido conservador celebrada el pasado 1 de octubre, Cameron retomó el enfrentamiento con el TEDH al prometer que limitaría su influencia en el ordenamiento inglés si era reelegido en las elecciones generales de 2015.

El brexit o salida británica (British exit), referido en este caso al CEDH, se concretaría a través de un “Bill of rights” o declaración de derechos, que si bien tendría una naturaleza y unas consecuencias aún poco claras, permitiría a los jueces británicos ignorar la jurisprudencia del TEDH. Aunque dice respetar las intenciones iniciales del Convenio, Cameron ha criticado la deriva de la jurisprudencia del Tribunal y en el mismo discurso de clausura afirmó que el país que escribió la Carta Magna no necesita lecciones de jueces en Estrasburgo.

[A pesar de la vehemencia de sus palabras, los analistas políticos han interpretado estas declaraciones como un intento de ganarse tanto a los euroescépticos de su partido como a los electores del UKIP (United Kingdom Independence Party), un partido de extrema con tintes xenófobos liderado por el mediático eurodiputado Nigel Farage.]

El Consejo de Europa cuenta con dos órganos: el Comité de Ministros, compuesto por los ministros de Asuntos Exteriores de cada uno de los actuales 47 Estados miembro, y la Asamblea Consultiva, el órgano deliberante del Consejo de Europa. Si se llegara a producir una ruptura entre el ordenamiento nacional inglés y el CEDH, el ministro británico se vería sin duda sometido a presión por parte del resto miembros. La Asamblea podría incluso expulsar al país, aunque es más probable que se decantara por una solución menos agresiva, como la suspensión del derecho de voto (situación en la que se encuentra Rusia tras la invasión de Crimea). A pesar las amenazas, es difícil imaginar que un Gobierno británico, incluso de signo conservador, fuerce la situación hasta colocar al país en el mismo plano que una Rusia criticada y sancionada por la comunidad internacional, pero Reino Unido siempre ha mantenido un tira y afloja con el continente.



 Ésta es una explicación sin ánimo de lucro
http://www.unitedexplanations.org/2014/11/04/reino-unido-da-la-espalda-a-estrasburgo-hacia-un-brexit-del-convenio-europeo-de-derechos-humanos/
 Por Mario López Oliva

0 comentarios:

Publicar un comentario