En 1848 se celebró en Seneca Falls (Nueva York) la primera
convención sobre los derechos de la mujer en EEUU. Estuvo organizada
por Lucretia Mott y Elizabeth Cady Stanton, y culminó con la
"Declaración de Seneca Falls" (o "Declaración de
sentimientos"). Esta declaración, basada en la Declaración de
Independencia de los EEUU, constituye uno de los primeros documentos
en los que se denuncia las restricciones políticas y civiles a las
que estaban sometidas las mujeres, como el no poder votar, el no
poder presentarse a elecciones, el no poder ocupar cargos públicos,
el no poder afiliarse a organizaciones políticas, etc.
"Cuando, en el desarrollo de la historia, un sector de la
humanidad se ve obligado a asumir una posición diferente de la que
hasta entonces ha ocupado, pero justificada por las leyes de la
naturaleza y del entorno que Dios le ha entregado, el respeto
merecido por las opiniones humanas exige que se declaren las causas
que impulsan hacia tal empresa.
Mantenemos que estas verdades son evidentes: que todos los hombres y
mujeres son creados iguales; que están dotados por el Creador de
ciertos derechos inalienables, entre los que figuran la vida, la
libertad y el empeño de la felicidad; que para asegurar estos
derechos son establecidos los gobiernos, cuyos justos poderes derivan
del consentimiento de los gobernados.
Siempre que cualquier forma de gobierno atente contra esos fines, el
derecho de los que sufren por ello consiste en negarle su lealtad y
reclamar la formación de uno nuevo, cuyas bases se asienten en los
principios mencionados y cuyos poderes se organicen de la manera que
les parezca más adecuada para su seguridad y felicidad.
La prudencia impondrá, ciertamente, que los gobiernos largamente
establecidos no debieran ser sustituidos por motivos intrascendentes
y pasajeros, y consecuentemente, la experiencia ha mostrado que el
ser humano está más dispuesto a sufrir, cuando los males son
soportables, que a corregirlos mediante la abolición de los sistemas
de gobierno a los que está acostumbrado. No obstante, cuando una
larga cadena de abusos y usurpaciones, que invariablemente persiguen
el mismo objetivo, muestra la intención de someter a la humanidad a
un despotismo absoluto, el deber de ésta consiste en derribar
semejante gobierno y prepararse a defender su seguridad futura. Tal
ha sido la paciente tolerancia de las mujeres respecto a este
gobierno y tal es ahora la necesidad que las empuja a exigir la
igualdad a que tienen derecho.
La historia de la humanidad es la historia de las repetidas
vejaciones y usurpaciones perpetradas por el hombre contra la mujer,
con el objetivo directo de establecer una tiranía absoluta sobre
ella. Para demostrarlo vamos a presentarle estos hechos al ingenio
mundo.
Nunca le ha permitido que la mujer disfrute del derecho inalienable
del voto.
La ha obligado a acatar leyes en cuya elaboración no ha tenido
participación alguna.
Le ha negado derechos reconocidos a los hombres más ignorantes e
inmorales, tanto americanos como extranjeros.
Habiéndola privado de este primer derecho de todo ciudadano, el del
sufragio, y habiéndola dejado; por tanto, sin representación en las
asambleas legislativas, la ha oprimido por todas partes.
Si está casada, la ha convertido civilmente muerta, ante los ojos de
la ley.
La ha despojado de todo derecho de propiedad, incluso a los jornales
que ella misma gana.
La ha convertido en un ser moralmente irresponsable, ya que, con la
sola condición de que no sean cometidos ante el marido, puede
perpetrar todo tipo de delitos. En el contrato de matrimonio se le
exige obediencia al marido, convirtiéndose éste, a todos los
efectos, en su amo, ya que la ley le reconoce el derecho de privarle
de libertad y someterla a castigos.
Él ha dispuesto las leyes del divorcio de tal manera que no se tiene
en cuenta la felicidad de la mujer, tanto a sus razones verdaderas y,
en caso de separación, respecto a la designación de quién debe
ejercer la custodia de los hijos, como en que la ley supone, en todos
los casos, la supremacía del hombre y deja el poder en sus manos.
Después de despojarla de todos los derechos como mujer casada, si es
soltera y posee fortuna, está gravada con impuestos para sostener un
gobierno que no la reconoce más que cuando sus bienes pueden serle
rentables.
Él ha monopolizado casi todos los empleos lucrativos y en aquéllos
en los que ella puede desempeñar, no recibe más que una
remuneración misérrima. Él le ha cerrado todos los caminos que
conducen a la fortuna y a la fama, y que él considera más honrosos
para él. No se la admite ni como profesor de medicina, ni de
teología, ni de derecho.
Le ha negado la oportunidad de recibir una educación adecuada,
puesto que todos los colegios están cerrados para ella.
Tanto en la Iglesia como en el Estado, no le permite que ocupe más
que una posición subordinada, pretendiendo tener una autoridad
apostólica que la excluye de todo ministerio y, salvo en muy
contadas excepciones, de toda participación pública en los asuntos
de la Iglesia.
Ha creado un sentimiento público falso al dar al mundo un código de
moral diferente para el hombre y para la mujer, según el cual
ciertos delitos morales que excluyen a la mujer de la sociedad, no
sólo no se toleran en el hombre, sino que se consideran de muy poca
importancia en él.
Ha usurpado incluso las prerrogativas del mismo Jehová, al pretender
que tiene derecho a asignar a la mujer un campo de acción cuando, en
realidad, esto es privativo de su conciencia y de su dios. Él ha
tratado por todos los medios posibles de destruir su confianza en sus
propias virtudes, de disminuir su propia estima y de conseguir que
esté dispuesta a llevar una vida de dependencia y servidumbre.
Por lo tanto, en vista de esta total privación de derechos civiles
de una mitad de los habitantes de este país, de su degradación
social y religiosa - a causa de las injustas leyes a que nos hemos
referido - y porque las mujeres se sienten vejadas, oprimidas y
fraudulentamente despojadas de sus más sagrados derechos, insistimos
en que sean inmediatamente admitidas a todos los derechos y
privilegios que les pertenecen como ciudadanas de los Estados Unidos.
Al emprender la gran tarea que tenemos ante nosotras, anticipamos que
no escasearán los conceptos erróneos, las malas interpretaciones y
las ridiculizaciones, empero, a pesar de ello, estamos dispuestas a
conseguir nuestro objetivo, valiéndonos de todos los medios a
nuestro alcance. Vamos a utilizar agentes, vamos a hacer circular
folletos, presentar peticiones a las cámaras legislativas del Estado
y nacionales, y asimismo, trataremos de llegar a los púlpitos y a la
prensa para ponerlos de nuestra parte. Esperaremos que esta
Convención vaya seguida de otras convenciones en todo el país.
RESOLUCIONES:
CONSIDERANDO: Que está convenido que el gran precepto de la
naturaleza es que "el hombre ha de perseguir su verdadera y
sustancial felicidad". Blackstone (1) en sus Comentarios señala
que puesto que esta Ley de la naturaleza es coetánea con la
humanidad y fue dictada por Dios, tiene evidentemente primacía sobre
cualquier otra. Es obligatoria en toda la tierra, en todos los países
y en todos los tiempos; ninguna ley humana tiene valor si la
contradice, y aquéllas que son válidas derivan toda su fuerza, todo
su valor y toda su autoridad mediata e inmediatamente de ella; en
consecuencia:
DECIDIMOS: Que todas aquellas leyes que sean conflictivas en alguna
manera con la verdadera y sustancial felicidad de la mujer, son
contrarias al gran precepto de la naturaleza y no tienen validez,
pues este precepto tiene primacía sobre cualquier otro.
DECIDIMOS: Que la mujer es igual al hombre - que así lo pretendió
el Creador - y que por el bien de la raza humana exige que sea
reconocida como tal.
DECIDIMOS: Que las mujeres de este país deben ser informadas en
cuanto a las leyes bajo las cuales viven, que no deben seguir
proclamando su degradación, declarándose satisfechas con su actual
situación ni su ignorancia, aseverando que tienen todos los derechos
que desean.
DECIDIMOS: Que puesto que el hombre pretende ser superior
intelectualmente y admite que la mujer lo es moralmente, es
preeminente deber suyo animarla a que hable y predique en todas las
reuniones religiosas.
DECIDIMOS: Que la misma proporción de virtud, delicadeza y
refinamiento en el comportamiento que se exige a la mujer en la
sociedad, sea exigido al hombre, y las mismas infracciones sean
juzgadas con igual severidad, tanto en el hombre como en la mujer.
DECIDIMOS: Que la acusación de falta de delicadeza y de decoro con
que tanta frecuencia se inculpa a la mujer cuando dirige la palabra
en público, proviene, y con muy mala intención, de los que con su
asistencia fomentan su aparición en los escenarios, en los
conciertos y en los circos.
DECIDIMOS: Que la mujer se ha mantenido satisfecha durante demasiado
tiempo dentro de unos límites determinados que unas costumbres
corrompidas y una tergiversada interpretación de las sagradas
Escrituras han señalado para ella, y que ya es hora de que se mueva
en el medio más amplio que el creador le ha asignado.
DECIDIMOS: Que es deber de las mujeres de este país asegurarse el
sagrado derecho del voto.
DECIDIMOS: Que la igualdad de los derechos humanos es consecuencia
del hecho de que toda la raza humana es idéntica en cuanto a
capacidad y responsabilidad.
DECIDIMOS, POR TANTO: Que habiendo sido investida por el Creador con
los mismos dones y con la misma conciencia de responsabilidad para
ejercerlos, está demostrado que la mujer, lo mismo que el hombre,
tiene el deber y el derecho de promover toda causa justa por todos
los medios justos; y en lo que se refiere a los grandes temas
religiosos y morales, resulta muy en especial evidente su derecho a
impartir con su hermano sus enseñanzas, tanto en público como en
privado, por escrito o de palabra, o a través de cualquier modo
adecuado, en cualquier asamblea que valga la pena celebrar; y por ser
esto una verdad evidente que emana de los principios de implantación
divina de la naturaleza humana, cualquier costumbre o implantación
que le sea adversa, tanto si es moderada como si lleva la sanción
canosa de la antigüedad, debe ser considerada como una evidente
falsedad y en contra la humanidad".
Nota: (1) Referencia a “Commentaries on the Laws of England”,
de William Blackstone (1723-1780), el jurista inglés más
influyente del siglo XVIII.-