La Junta
de Andalucía ha aprobado recientemente el decreto de “medidas
extraordinarias y urgentes para la inclusión social a través del
empleo y el fomento de la solidaridad en Andalucía” (BOJA 113 de
13 de junio). A más de ello, en Diciembre de 2013, a iniciativa de
IU, se creó en la Cámara andaluza un grupo de trabajo, dentro de la
Comisión de Igualdad, Salud y Política Social, que sigue activo
–aunque escaso de actividad- para avanzar hacia una Ley andaluza de
Renta Básica, en cumplimiento del Estatuto de autonomía vigente,
que hace mención a tal concepto, si bien de forma vaga. Y en los
últimos días, los sindicatos llamados mayoritarios, junto con otras
entidades de la sociedad civil, anuncian una Iniciativa Legislativa
Popular andaluza para lograr la aprobación de lo que llaman también
una “renta básica” para Andalucía. Tanto la medida
institucional como las iniciativas referidas de la sociedad civil
pretenden paliar y revertir el incremento de la pobreza en nuestra
tierra, que alcanza cotas alarmantes, en extensión y en intensidad.
Si bien, creemos que lo pretenden siguiendo fórmulas muchas veces
ensayadas y con resultados siempre pírricos.
La
Plataforma por la Renta Básica Universal de Sevilla, constituida por
la , Asociación pro Derechos Humanos de Andalucía, Sevilla Acoge,
Asamblea ciudadana de Sevilla, Asamblea de parados 15-M de Triana,
Asambleas constituyentes, Asociación entre Culturas (Apdha),
Asociación Tartesos, Comunidades Cristianas Populares, EQUO, Partido
Humanista, Red de Solidaridad popular, Renta Básica YA y
Yayoflautas. creemos necesario pronunciarnos sobre estas iniciativas
y otras que por el estilo vienen proponiéndose desde distintos
ámbitos, para Andalucía o para el conjunto del Estado. Con ello
queremos también difundir la Iniciativa Legislativa Popular por una
Renta Básica aprobada por el Congreso de los Diputados el 15
de enero de 2014 y subrayar la radical diferencia que supone la Renta
Básica Universal, según se entiende internacionalmente
(Uncondicional Basic Income (UBI):http://basicincome2013.eu/
) respecto a las otras “rentas básicas” no universales, sino
condicionales y subsidiarias.
Tanto el
decreto de Inclusión aprobado por la Junta como la propuesta de
“renta básica” que quieren lanzar los sindicatos llamados
mayoritarios suponen o supondrían en realidad ayudas o subsidios,
que es el nombre que han recibido tradicionalmente y que les
corresponde en propiedad, porque son subsidiarias de la situación de
los potenciales perceptores respecto del mercado de trabajo y de su
patrimonio mercantil. En lo fundamental, se trata de un derecho
condicionado a la situación laboral, es decir, que solo lo
percibirán aquell@s que demuestren ante la Administración que no
tienen bienes económicos, pero que están dispuestos a aceptar
cualquier empleo legal, están buscándolo efectivamente y no lo
consiguen. Es decir, son políticas que siguen defendiendo que el
trabajo es la “única puerta de entrada” para tener derecho a
percibir
ayudas públicas.
La
filosofía que inspira estas medidas tradicionales contra la pobreza
es propia de lo que se ha dado en llamar “sociedades de trabajo”,
ya que en ellas el concepto moderno de “trabajo” se ha
constituido en el eje legitimador y articulador por excelencia.
Porque, según este discurso dominante aun sólidamente asentado,
caro tanto a la tradición liberal como a la comunista soviética es
el “trabajo” el que crea la riqueza (lo que se conoce como
crecentismo). Y en esencia se considera
“trabajo” aquellas actividades humanas que reciben una
remuneración mercantil o pública, trabajo asalariado
(no todas las demás, por importantes que puedan ser para la
cohesión social y el sostenimiento de la vida). Deriva de estos
supuestos que sólo se crea aceptable que reciban del peculio público
aquellas personas que demuestran que no pueden trabajar. Más aun,
según la ideología imperante en nuestras “sociedades de trabajo”,
todo sujeto que no quiera ver comprometida su respetabilidad, deberá
demostrar ante los demás que está en alguna de estas situaciones:
preparándose para trabajar (formándose), ejerciendo un trabajo o
imposibilitado para ejercerlo.
La
perseverancia de las políticas para incentivar el empleo y paliar el
desempleo inspiradas en esos principios decimonónicos son injustas y
generan indefensión y sufrimiento en el presente. Porque la
multiplicación y sofisticación de las máquinas convierten en
imposible el pleno empleo ni aun en condiciones favorables,
ya no digamos en coyunturas desfavorables como la actual en Andalucía
y España. El resultado es que se condena a contingentes crecientes
de personas a la precariedad y la indefensión, que se mueven entre
la exclusión y la peregrinación menesterosa por ventanillas
públicas y entidades benéficas, requeridos periódicamente para
revalidar esas “oposiciones a pobre” que son los requisitos que
se les exigen. A más que la Administración llega a la sobrecarga
por los dispositivos que debe desarrollar para supervisión y control
de tales ayudas. Por si fuera poco, esta menesterosidad burocratizada
convive con la opulencia obscena de las minorías integradas, a las
que se convida al desenfreno consumista.
Y es que,
según esa ideología crecentista, los recursos
destinados a paliar la pobreza son tenidos por “gasto social”,
mientras que lo que se destina a acrecentar directa o indirectamente
el consumo despilfarrador e insostenible ecológicamente se considera
“inversión productiva”. Repárese si no en los porcentajes de
dinero que la Junta de Andalucía, gobernada por PSOE e IU, dedica al
citado Decreto con lo que dedica a “inversiones en
infraestructuras” (autopistas, aviones por raíles o aves, trenes
en el subsuelo de nuestras ciudades, etc).
Una Renta
Básica Universal (RBU), como es la que propone la ILP estatal
referida (http://ilprentabasica.org/),
es una medida radicalmente diferente a cualquier ayuda o subsidio,
porque es incondicional, universal e individual. En lugar de
inspirarse en los principios del productivismo o crecentismo
de la “sociedad de trabajo”, remite a un republicanismo que no
funda el sentido de la vida en el par productivismo-consumismo, sino
en los principios del bien común, el apoyo mutuo y la equidad. La
Renta Básica Universal así entendida facilitará afrontar
ordenadamente cambios que una ética de respeto a la vida humana en
particular y de los seres vivos en general hace insoslayables, como
la reducción o eliminación de trabajos alienantes o
ecológicamente insostenibles, así como el reparto de los trabajos
necesarios.
Las
entidades que defendemos la RBU (en España
http://www.redrentabasica.org/)
la consideramos un “derecho emergente”, según la Carta
de Derechos Humanos Emergentes (CDHE),
debatida en el Forum
Universal de las Culturas, que
tuvo lugar en Barcelona
en septiembre de 2004 y que fue aprobada en el Congreso de Monterrey
(Mexico) en el 2007), y
que aspiramos a equiparar al resto de derechos
universales, a los que no debemos renunciar, sino fortalecer y
hacerlos materialmente efectivos: educación, sanidad, vivienda,
información, participación política y un medio ambiente saludable,
según normas que garanticen los mismos derechos para las
generaciones futuras. La implantación de la RBU, en un marco general
de afianzamiento del resto de derechos fundamentales, conllevará una
reforma sustancial de la estructura tributaria de la Hacienda y se
traducirá en cambios importantes de los mercados de trabajo, que no
corresponde detallar aquí y que no es posible prever en todos sus
extremos. Pero todo ello merecerá la pena si convenimos de principio
en que es justo y ensancha el espacio de la equidad.
Mientras
tanto, pedimos simplemente que no se confunda a la ciudadanía
presentando como “rentas básicas” lo que son ayudas y subsidios
convencionales.
Plataforma
por la Renta Básica Universal de Sevilla.
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